ORDENANZA N° 1465/2010
“RATIFICACIÓN DEL BOLETO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL SEÑOR ENZO ROQUE CAPELLINI EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”
VISTO: El Régimen De Fomento y Promoción de Actividades Laborales, aprobada por la Ordenanza Nº 978/2.000 y su modificatoria -Ordenanza Nº 1.304/2008-, y la Resolución del Concejo Deliberante Nº 26/2008 que aprueba el Proyecto de Trabajo presentado por la Sra. Enzo Roque Capellini en el marco de lo dispuesto en el mencionado régimen.-
Y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 1.304/2.008 modificatoria del Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales, establece un procedimiento específico para la adquisición de los lotes otorgados en comodato por parte de los beneficiarios de los proyectos. El artículo 7º -modificado- establece: “En caso de que el beneficiario decidiere adquirir o comprar el bien objeto de comodato, deberá comunicar tal decisión a la Municipalidad en forma fehaciente, haciendo una oferta por el mismo en forma expresa, determinando precio, forma de pago y plazo en forma clara y precisa. En este caso la Municipalidad tomará en primer término la oferta del mismo, y, previa tasación del inmueble efectuada por Perito Tasador que para tal efecto solicitará la Municipalidad a Profesional de este medio, y, si se ajusta al ofrecimiento formulado por el beneficiario, podrá la Municipalidad vender el bien bajo las condiciones que para tal efecto requiera ésta última, todo con previa ratificación del Concejo Deliberante”.-
Que el terreno que desea adquirir el Sr. Capellini es el designado como Lote Nº 12 (designación provisoria) de la Manzana 459, por el cual realizó una oferta que fue coincidente con la tasación realizada por el Perito Tasador Pedro Daniel ARTINIAN, M. P. Nº 06-279. El inmueble tiene una superficie aproximada de Un mil doscientos ochenta metros cuadrados (1.280m2) y limita al norte con calle pública Píndaro Ludueña, al este con Lote Nº 11, al Oeste con Lote Nº 1 y al sur con la Parcela Nº 1 de la Municipalidad de Arroyito. Todo ello según Catastro Municipal.-
Que la continuación del Proyecto de Trabajo del Sr. Enzo Capellini ha sido verificada por el personal municipal.-
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“RATIFICACIÓN DEL BOLETO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL SEÑOR ENZO ROQUE CAPELLINI EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”
Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el boleto de compraventa celebrado entre la Municipalidad de Arroyito y el Señor Enzo Roque Capellini, D.N.I. Nº 17.149.604, en el marco del Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales, cuya copia forma parte de la presente Ordenanza.-
ART. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.