ORDENANZA N° 1464/2010
“RATIFICACIÓN DEL BOLETO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL SEÑOR WALTER HUMBERTO OTTERO EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”
VISTO: La Ordenanza Nº 978/2.000 “RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”, modificada mediante Ordenanza Nº 1.304/2008 y la Resolución del Concejo Deliberante Nº 35/2007 por la cual se aprueba el Proyecto de Trabajo presentado por el Sr. Walter H. Ottero en el marco de lo dispuesto en el Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales.-
Y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 1.304/2.008 modifica el Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales original, estableciendo un procedimiento específico para la adquisición de los lotes otorgados en comodato a quienes son beneficiarios del proyecto. A su vez, la Ordenanza modificatoria invita a los ya beneficiarios de micro emprendimientos otorgados con anterioridad a adherirse al nuevo régimen, como lo ha hecho oportunamente el Sr. Ottero.-
Que la fracción de terreno que pretende adquirir el Sr. Ottero fue tasado por el Perito Tasador Pedro Daniel ARTINIAN, M. P. Nº 06-279, coincidiendo la misma con la oferta hecha por el Sr. Ottero. El inmueble designado como Lote Nº 1 de la Manzana Nº 499 (anteriormente designada de manera provisoria como Manzana 209) tiene una superficie aproximada de setecientos noventa y tres con setenta (793,70) metros cuadrados y limita al norte con lote Nº 2 de propiedad de E.P.E.C., al este con parcela denominada EV 02, al Oeste con Avda. G. Caretto y al sur con la calle pública Justo José de Urquiza.-
Que la continuación del Proyecto de Trabajo presentado pro el Sr. Walter Ottero ha sido verificada por el personal municipal.-
Que el artículo 7º de la Ordenanza 978/2000, modificado dice: “En caso de que el beneficiario decidiere adquirir o comprar el bien objeto de comodato, deberá comunicar tal decisión a la Municipalidad en forma fehaciente, haciendo una oferta por el mismo en forma expresa, determinando precio, forma de pago y plazo en forma clara y precisa. En este caso la Municipalidad tomará en primer término la oferta del mismo, y, previa tasación del inmueble efectuada por Perito Tasador que para tal efecto solicitará la Municipalidad a Profesional de este medio, y, si se ajusta al ofrecimiento formulado por el beneficiario, podrá la Municipalidad vender el bien bajo las condiciones que para tal efecto requiera ésta última, todo con previa ratificación del Concejo Deliberante”.-
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“RATIFICACIÓN DEL BOLETO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL SEÑOR WALTER HUMBERTO OTTERO EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”
Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el boleto de compraventa celebrado entre la Municipalidad de Arroyito y el Señor Walter Humberto Ottero, D.N.I. Nº 20.978.966, en el marco del Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales, cuya copia forma parte de la presente Ordenanza.-
ART. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.