ORDENANZA N° 1460/2010
“PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDAS: ‘PLAN CASA”
VISTO: El constante crecimiento poblacional de nuestra ciudad lo cual produce una amplia demanda de viviendas de tipo económico que exige una rápida solución.
Y CONSIDERANDO: Que la demanda de viviendas económicas es cada vez mayor no logrando satisfacer la misma con los planes sociales que se implementan a nivel provincial y nacional.-
Que es decisión de este Departamento Ejecutivo Municipal dar respuesta a esta necesidad habitacional de los vecinos de la ciudad, a través de la disposición de partidas presupuestarias para la ejecución de planes habitaciones con distintas modalidades.-
Que la construcción de las mismas permitirá dar una respuesta a corto plazo a la demanda antedicha, dando cumplimiento a una de las Políticas Especiales establecidas en nuestra Carta Orgánica Municipal, la cual en su artículo 25 inciso 7º dispone que le corresponde a los órganos de gobierno municipal promover, planificar y ejecutar políticas habitacionales en el marco de los planes urbanos y sociales.-
Que es atribución del Concejo Deliberante dictar ordenanzas de acuerdo a los principios que se establecen en cada una de las políticas especiales pautadas en la COM, ello en virtud de los artículos 24 y 66 de dicho cuerpo normativo.-
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDAS: ‘PLAN CASA”
Art. 1°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a construir un total de Cien (100) viviendas en terrenos municipales, bajo la modalidad de plan de círculo cerrado, con fondos provenientes de las partidas presupuestarias correspondientes y de las cuotas a abonar por los adjudicatarios.
Art. 2º) APRUÉBASE el Reglamento Interno del Plan de Viviendas “Plan Casa” de la Ciudad de Arroyito, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Art. 3º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a través de las Comisiones creadas en los Art. 22 y 23 del Reglamento Interno a modificar alguno de los artículos del Reglamento en caso de ser necesario resolver situaciones de hecho no previstas en la presente Ordenanza, siempre que la modificación sea en beneficio del Plan de Viviendas.-
Art. 4º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar definitivamente las viviendas terminadas a través del procedimiento establecido en el Reglamento Interno del Plan de Viviendas “Plan Casa” de la Ciudad de Arroyito y a los adherentes que cumplan con todos los requisitos establecidos en dicho reglamento.
Art. 5º) Los aportes de los adherentes serán depositados en una cuenta bancaria con afectación exclusiva al presente programa.
Art. 6º) IMPÚTESE las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, a las Partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 7º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.