Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN Nº 37/2010

VISTO: La necesidad que tiene el Concejo Deliberante de realizar el tratamiento de Proyectos importantes y que son de competencia municipal.-

Y CONSIDERANDO:  Que, de acuerdo a nuestra Carta Orgánica Municipal, en su  Artículo 63 inciso 3 Sesiones Extraordinarias: “También puede convocarlas el Viceintendente o quien ejerza la Presidencia a pedido de un tercio de los miembros con especificación de motivos.”

Que existen algunos proyectos que por su importancia merecen ser considerados en breve.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO

R      E      S      U      E      L      V      E

Art. 1º) LLÁMASE a una AUDIENCIA PÚBLICA Y SESIÓN EXTRAORDINARIA para el día LUNES 06 DE DICIEMBRE del año 2010, a las 21:30 hrs. (CON TOLERANCIA), para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

TEMAS DE LA AUDIENCIA PÚBLICA: 

  • Tratamiento del Proyecto de Ordenanza: “PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y RECURSOS AÑO 2011”, presentado por el  Departamento Ejecutivo Municipal.” 
  • Tratamiento del Proyecto de Ordenanza: “TARIFARIA EJERCICIO 2011”, presentado por el  Departamento Ejecutivo Municipal.” 

TEMAS DE LA SESIÓN:

  • Tratamiento del Proyecto de Ordenanza: “PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDAS: PLAN CASA,” presentado por el  Departamento Ejecutivo Municipal.” 
  • Tratamiento del Proyecto de Ordenanza: “PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDAS: PLAN CASA SOCIAL,”  presentado por el  Departamento Ejecutivo Municipal.” 
  • Tratamiento del Proyecto de Ordenanza: “DESIGNANDO CON EL NOMBRE “JOSÉ VAIRA” A CALLE PÚBLICA DE ESTA CIUDAD,”  presentado por los Concejales Armando Sánchez y Hugo Luque del Bloque de la U.C.R.” 
  • Tratamiento del Proyecto de Declaración: “DECLARAR DE INTERÉS LEGISLATIVO MUNICIPAL LA SANCIÓN DE UNA NUEVA LEY NACIONAL DE FINANCIAMIENTO EDUCATIVO Y EL TRABAJO REALIZADO POR LA MESA DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COMPROMISO Y MONITOREO DEL FINANCIAMIENTO EDUCATIVO EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA,”  presentado por el  Intendente Municipal y la Secretaría de Coordinación Ciudadana.”

Art. 2º) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.