Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1444/2010

“ADHESIÓN AL DECRETO PROVINCIAL Nº 945/08 – PLAN DE OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DOMINIAL INMOBILIARIO”

VISTO: Las modificaciones efectuadas a la Resolución 646/05 de la Subsecretaría de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, como consecuencia del Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario.-

Y CONSIDERANDO: Que la actividad dominial se encuentra íntimamente ligada al movimiento económico de la Provincia, verificándose un aumento de las ventas y constitución de hipotecas debido al incremento en la oferta financiera. Esto lleva a la necesidad de dinamizar los trámites relacionados con el tráfico jurídico inmobiliario de la Provincia, atento a la diversidad de organismos, públicos y privados que intervienen en el mismo, generando como consecuencia una situación de complejidad administrativa que se pretende reducir.

Que en virtud de lo expresado anteriormente, a través del Decreto Nº 945/08 el Gobierno de la Provincia de Córdoba ha adoptado medidas tendientes a agilizar el tráfico jurídico inmobiliario, y brindar seguridad jurídica a las transacciones y operaciones que se realicen, adaptándolas al contexto de cada caso en particular.

Que en el marco del Decreto antedicho, se exceptúa la obligación de obtener el “Certificado de Factibilidad de Agua” por parte de la DI.P.A.S. para nuevos loteos, condominios o fundación de centros poblados en aquellos casos en que exista una prestadora responsable del servicio que lo expida.-

Que el artículo 9º del Decreto antedicho faculta al organismo que ejerza la competencia en materia de recursos hídricos a suscribir los respectivos convenios con la Municipalidades que cumplan con los requisitos exigidos por el mismo, a los fines de dar cumplimiento a los objetivos del decreto. Dentro de esos requisitos se encuentra la adhesión al Decreto 945/08, cuyo artículo 23º invita a los Municipios de la Provincia de Córdoba a adherir a los términos del presente.-

Que de esta manera, el Municipio participa de manera activa en las políticas públicas que benefician -directa o indirectamente- a los vecinos de nuestra Ciudad, agilizando los trámites requeridos para la aprobación definitiva de loteos y similares.-

Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular, ya que a este cuerpo le corresponde sancionar normas “…que sean convenientes para poner en ejercicio las atribuciones inherentes a la competencia municipal”, tal como lo establece el inciso 29 del artículo 66 de nuestra Carta Orgánica Municipal.-

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“ADHESIÓN AL DECRETO PROVINCIAL Nº 945/08 – PLAN DE OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DOMINIAL INMOBILIARIO”

Art. 1º) ADHIÉRASE esta MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ARROYITO al Decreto Provincial Nº 945/08, cuyo texto se adjunta a la presente Ordenanza, formando parte de la misma en todo su alcance, y a sus futuras modificaciones.

Art. 2º) NOTIFÍQUESE a las áreas municipales correspondientes a fin de que éstas lleven adelante la difusión de la presente Ordenanza y se proceda a verificar su efectivo cumplimiento.

Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.-