ORDENANZA N° 1426/2010
“RATIFICACIÓN DEL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LTDA. (C.E.S.P.A.L.)”
VISTO: El convenio de permuta celebrado en febrero del corriente año entre la C.E.S.P.A.L. y el Departamento Ejecutivo Municipal con relación a los lotes designados como Nº 11 y Nº 14 de la Manzana Nº 455 según Catastro Parcelario Municipal.
Y CONSIDERANDO: Que la C.E.S.P.A.L. es exclusiva propietaria del Lote Nº 11 y la Municipalidad lo es del Lote Nº 14. Ambas partes han decidido permutar parte de los inmuebles de los que respectivamente son propietarios, por lo que se procedió a confeccionar el Plano de Mensura y Subdivisión – Futura Unión.
Que el convenio redundará en beneficio de nuestra Municipalidad, ya que la Municipalidad contará con más lotes a fin de dar cumplimiento a los fines establecidos en la Ordenanza Nº 1.309/2008.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“RATIFICACIÓN DEL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LTDA. (C.E.S.P.A.L.)”
ART. 1º) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio celebrado en fecha 26/02/2.010 entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ARROYITO, representada por el sr. Gustavo Ariel BENEDETTI, en su carácter de Intendente Municipal, y la COOPERATIVA DE ELECTRICADA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LTDA. (C.E.S.P.A.L.), representada por los Sres. Jorge Luis MANSILLA, Alberto Oscar PRINO y Jorge Roberto FERREYRA, y cuya copia forma parte de la presente ordenanza.
ART. 2º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a tomar las medidas que correspondan a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el convenio celebrado.
ART. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.-