Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1417/2010

“RATIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS CELEBRADOS ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL,  EL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE ARROYITO (S.O.E.M.A.) Y EL SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES (S.U.O.E.M.)”

VISTO: Los acuerdos celebrados entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.E.M.)  y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Arroyito (S.O.E.M.A.) dirigido al incremento de remuneraciones.

Y CONSIDERANDO: Que de común acuerdo se dispone el incremento de remuneraciones de todos los trabajadores de Planta Permanente y Jornalizados, conforme los plazos y modalidades consignados en el acta – acuerdo que se acompaña para su ratificación y hasta el 28 de Febrero de 2.011.-

Que, como lo menciona el art. 66 inciso 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante la ratificación de convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con entes públicos o privados provinciales y nacionales. 

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“RATIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS CELEBRADOS ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL,  EL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE ARROYITO (S.O.E.M.A.) Y EL SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES (S.U.O.E.M.)”

Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS los acuerdos celebrados entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.E.M.) y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Arroyito (S.O.E.M.A.) dirigido al incremento de remuneraciones y cuya copia forma parte de la presente Ordenanza. 

Art. 2º) COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal,  Protocolícese y Archívese.-