RESOLUCIÓN Nº 08/2010
VISTO: La realización de la Sesión Preparatoria el pasado miércoles 24 de febrero del corriente, donde se trató como uno los puntos importantes el de la presentación en la Secretaría del Concejo de los proyectos que conformarán el Orden del Día correspondiente para una Sesión Ordinaria programada.
Y CONSIDERANDO: Que en dicha Sesión Preparatoria se hizo mencionó la Resolución 03/2006 la cual ya fija la modalidad de la presentación de los proyectos, teniendo en cuenta que el Reglamento Interno del Concejo Deliberante establece en sus Artículos 10° y 11°, que la Secretaría deberá enviar a los Concejales el Orden del Día de cada Sesión con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.
Que, para que se dé un fiel cumplimiento de ello, se hace necesario establecer una nueva Resolución incluyendo otras disposiciones en relación a este tema.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Art. 1º) ESTABLÉCESE que toda vez que existan proyectos para ser incluidos en el Orden del Día para una Sesión Ordinaria programada, éstos deberán ser presentados en la Secretaría del Concejo Deliberante con una antelación de hasta dos días hábiles al día fijado para la Sesión, receptándose únicamente en el horario de 8:00 a 12:00 hrs.
Art. 2º) ESTABLÉCESE que no podrán exceder de cinco (5) los proyectos que se presenten para cada Sesión Ordinaria programada. Una vez receptados los proyectos en la Secretaría del Concejo, si dicha presentación superara el número mencionado, se deberá determinar el orden de prioridad de los mismos, quedando el Concejo facultado para incluir los cinco primeros en la sesión prefijada y convocar a una Sesión Extraordinaria en días sucesivos para el tratamiento de los proyectos restantes.
Art. 3º) ESTABLÉCESE que toda presentación de proyecto deberá cumplir con lo establecido en el Art. 53 Reglamento Interno del Concejo Deliberante el cual expresa:
Art. 53) …Todo Proyecto deberá observar las siguientes reglas:
- Fundarlo por escrito.
- Cuando se trate de una obra de cualquier naturaleza, acompañar todos los elementos de estudio disponibles.
- En todos los casos que demanden gastos, el monto estimativo de los mismos.
- La creación del recurso o la imputación a partida ya existente con el dato que tiene saldo disponible.
Art. 4º) DÉJASE SIN EFECTO la Resolución Nº 03/2006.
Art. 5º) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, protocolícese y archívese.