Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1365/2009

“FACULTANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD MUNICIPAL A TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS ANTE LA PROPAGACIÓN DE LA GRIPE A”

VISTO: La crítica situación sanitaria planteada a nivel nacional en razón de la pandemia surgida a partir de la propagación del virus A H1N1 que provoca la influenza humana AH1N1, más conocida como gripe A.

Y CONSIDERANDO: Que es sabido que el virus A H1N1 ingresa por vía respiratoria, a partir de los estornudos o de la tos de los pacientes infectados, permaneciendo, sobre todo, en picaportes, manijas de colectivos, dinero, etcétera, por lo que pueden pasar a las manos. Así se produce el contagio al llevarse las manos a la boca, la nariz o los ojos. 

Que asimismo se ha comprobado científicamente que la mayor exposición al virus de la Gripe A se produce en espacios públicos en los que se aglomeran grupos de personas.

Que el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba confirmó el día 12 de junio el primer caso de gripe A (H1N1) en Córdoba. El Ministro de Salud Oscar González declaró que hasta el momento ya se han presentado en la Provincia innumerables casos confirmados de gripe A.

Que el día 2 de julio del corriente año el Intendente de nuestra Ciudad emitió el Decreto Nº 322 – R/09 implementando una campaña de prevención de la gripe A en nuestra ciudad, la cual hasta el momento contempla diversas medidas y sugerencias tanto para el ámbito interno del Municipio como para la comunidad en general. 

Que en la sesión de Comisión realizada en el día de la fecha,  estuvieron presentes por la Secretaria de Salud, la Dra. Mónica Rodríguez y por el Colegio Médico de Arroyito el Dr. Hugo Parino, y sobre la base del deseo de este Concejo Deliberante de contribuir con la prevención, se ha decidido facultar al Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Salud Municipal, a fin de que sea ésta la que determine las medidas a tomar de acuerdo a como se vaya desarrollando esta pandemia. 

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“FACULTANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD MUNICIPAL A TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS ANTE LA PROPAGACIÓN DE LA GRIPE A”

Art. 1º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Salud Municipal a determinar y establecer las medidas necesarias para la prevenir la instalación y propagación del virus de la Gripe A (H1N1) en nuestra comunidad.

Art. 2º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Salud Municipal a suscribir los convenios con entidades públicas y/o privadas nacionales, provinciales o municipales y de cooperación con Universidades, Institutos de Investigación, Gremios, Colegios Profesionales Médicos, como así también pedido de dictámenes, informes, interconsultas, etc.

Art. 3º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a disponer hasta la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-) en la ejecución del plan de prevención a seguir, tomándolo de otras partidas o de ingresos extraordinarios. Dicha ejecución podrá efectuarse mediante la compra directa en efectivo contra rendición de gastos.  

Art. 4º) COMUNIQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.- 

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS SIETE (07) DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.