Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1359/2009

“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CELEBRAR CONVENIO DE VENTA DE INMUEBLE CON LA EMPRESA SYMA CONSTRUCCIONES S.R.L”

VISTO: El Contrato de Comodato, celebrado con fecha 11 de Noviembre de 2.004 entre la Municipalidad de Arroyito y el Sr. Horacio Guardianelli en carácter de gerente de la empresa SYMA CONSTRUCCIONES S.R.L. en relación al inmueble propiedad de este municipio, que se identifica como: Manzana Nº 459 Lote Nº 11 según catastro municipal y en el marco de la ordenanza Nº 978/2.000 “Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales;” que la Cláusula Tercera del mencionado contrato reza:  “Este contrato se acuerda por un plazo de diez (10) años, contados a partir de la fecha del presente, concluyendo en efecto el 11 de Noviembre del año 2.014, sin necesidad de notificación alguna y sin requerimiento previo. Las partes acuerdan que el plazo contemplado anteriormente podrá ser prorrogable por 5 años más, por única vez, previa conformidad de las partes. El Comodatario tendrá opción de compra del terreno objeto del Comodato, al finalizar la vigencia de este contrato y/o en cualquier momento de la vigencia del mismo, en cuyo caso el precio se fijará a través de un perito tasador de un Banco Oficial;” que el Comodatario, la empresa SYMA S.R.L., con motivo del llamado por este municipio, a Licitación Pública Nº 03/2009 para la realización de la Obra: “CORDÓN CUNETA Y CANTERO CENTRAL EN BOULEVARD CARETTO Y CALLE PÍNDARO LUDUEÑA,” se presenta como oferente y pretende ejercer la opción de compra del terreno objeto del Comodato descrito ut-supra, por la suma de Pesos Sesenta y Ocho mil ($ 68.000), los que deberían imputarse como parte de pago del costo total de la obra a realizar en caso de resultar adjudicados.

Y CONSIDERANDO: Que el Art. 7 de la ordenanza Nº 1.304/2.008 “Modificación de la Ordenanza Nº 978/2000 Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales” establece: “En caso de que el beneficiario decidiere adquirir o comprar el bien objeto del comodato, deberá comunicar tal decisión a la Municipalidad en forma fehaciente, haciendo una oferta por el mismo en forma expresa, determinando precio, forma de pago y plazo en forma clara y precisa. En este caso la Municipalidad tomará en primer término la oferta del mismo, y previa tasación del inmueble efectuada por Perito Tasador que para tal efecto solicitará la Municipalidad a Profesional de este medio, y si se ajusta al ofrecimiento formulado por el beneficiario, podrá la Municipalidad vender el bien bajo las condiciones que para tal efecto requiera esta última, todo con previa ratificación del Concejo Deliberante…”

Que en consecuencia esta Municipalidad requirió los servicios profesionales del Perito Tasador, Pedro Daniel Artinián a los fines de que proceda a realizar la medición y valuación del inmueble referenciado anteriormente, quien informó: “Lote de Terreno ubicado en Arroyito, Pedanía del mismo nombre, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba y que se designa como LOTE Nº 11 de la Mza. 459 y que mide: Quince metros de frente por sesenta y tres metros de fondo, lo que hace una superficie total de: NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS…, valor de mercado del Lote PESOS CIENTO CINCO MIL ($105.000); 

Que con motivo de lo expuesto, con fecha 5 de Junio de 2009, mediante Carta Documento nº 10021649, se informó a la firma SYMA S.R.L, acerca de la medición y valuación del inmueble realizada por el Perito Tasador, y asimismo se la emplazó para que en el termino de 48 horas, se pronuncie por la aceptación de las presentes condiciones e importe del terreno referenciado en la opción de compra que pretende ejercitar o por su negativa;    

Que con fecha 8 de Junio de 2.009, mediante Carta Documento nº 058470192, la empresa SYMA S.R.L, en respuesta a la misiva enviada por este Municipio, respondió que ACEPTA las condiciones, importe y medición del inmueble objeto del Comodato, a los fines de que se considere como parte integrativa de la oferta en la opción de compra efectuada con motivo de la Licitación Pública 03/2.009.-

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CELEBRAR CONVENIO DE VENTA DE INMUEBLE CON LA EMPRESA SYMA CONSTRUCCIONES S.R.L”

Art. 1º) AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a proceder a la venta del inmueble que se identifica como: Lote de Terreno ubicado en Arroyito, Pedanía del mismo nombre, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, y que se designa como LOTE Nº 11 de la Mza. 459 y que mide: Quince metros de frente por sesenta y tres metros de fondo, lo que hace una superficie total de: NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS, a favor de la empresa SYMA S.R.L., en caso de que la misma resulte adjudicataria del Llamado a Licitación Pública Nº 03/2009, por la suma de PESOS CIENTO CINCO MIL ($ 105.000.-), lo que se considerará como pago a cuenta del costo total de la obra objeto de la licitación nombrada.-

Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTIDOS (22) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.