Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1355/2009

“CREACIÓN DEL CENTRO DOCUMENTAL  DEPENDIENTE DEL MUSEO HISTÓRICO MUNICIPAL JOSE DOMINGO MERCADO”

VISTO: La necesidad de regularizar mediante un riguroso procesamiento la información relacionada con la vida de nuestra comunidad que, en importantes cantidades, ha sido remitida por vecinos particulares e instituciones intermedias al Museo Histórico Municipal “José Domingo Mercado”.

Y CONSIDERANDO: Que la información a la que se refiere el Visto del presente proyecto ingresa al Museo en distintos formatos y soportes tales como objetos, fotografías, videocassettes, cassettes de audio, discos compactos, libros, escritos individuales, etc. están siendo procesados y catalogados, pasando a formar parte de un archivo que luego estará disponible para la investigación y estudio.

Que, a los fines del cabal cumplimento de la actividad descripta en el párrafo anterior es necesario que todas las instituciones y áreas del gobierno municipal se encuentren consustanciados con los alcances y modalidades de esta implementación y que la misma cuente con el correspondiente marco legal que la respalde.

Que, nuestra Carta Orgánica Municipal dispone en su Artículo 28, Cultura y Patrimonio Cultural, que “Conserva, enriquece, protege y difunde el patrimonio cultural local, en especial los bienes documentales, históricos, arqueológicos, artísticos, arquitectónicos, museológicos, bibliotecológicos y artesanales que lo componen; asimismo, las tradiciones y costumbres del medio: música, poesía, danzas y expresiones literarias. Procura ámbitos adecuados para el desenvolvimiento que estas actividades requieran.”

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“CREACIÓN DEL CENTRO DOCUMENTAL  DEPENDIENTE DEL MUSEO HISTÓRICO MUNICIPAL JOSE DOMINGO MERCADO”

Art. 1º) CRÉASE en el marco del Museo Histórico Municipal “José Domingo Mercado” el Centro Documental cuya principal función será la de procesar, catalogar y poner en valor los bienes documentales a fin que, el fondo documental que se cree, se encuentre disponible para la consulta, investigación y estudio.

Art. 2º) DISPÓNESE que cualquier tipo de evento que se produzca en las áreas municipales remitan al creado Centro Documental un informe con fotografías y reseña a los fines del posterior tratamiento de la fuente documental y su resguardo.

Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS DIECIOCHO (18) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.