Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1296/2008

“FACULTANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A OTORGAR ADICIONAL NO REMUNERATIVO”

Art. 1º) FACÚLTASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL para otorgar al Personal Municipal de Planta Permanente, Contratados y Jornalizados, un adicional no remunerativo, mediante la modalidad de tickets canasta y/o tickets plus.

Art. 2º) ESTABLÉCESE A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 2008 el adicional no remunerativo y mensual, mediante la modalidad de tickets canasta y/o tickets plus, en concepto de Asistencia Social que será percibido por el Personal de Planta Permanente de acuerdo al monto y modo que se detalla:

Categoría 1 a 7 $ 220,00

Categorías 8, 9 y 10 $ 230,00

Categorías 11, 12, 13 y 14 $ 205,00

Categorías 15, 16, 17 y 18 $ 210,00

Categoría 19 a 20 $ 175,00

Categoría 21 a 22 $ 185,00

Categoría 23 y 24 $ 195,00

Art. 3º) ESTABLÉCESE A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 2008 el adicional no remunerativo y mensual mediante la modalidad de tickets canasta y/o tickets plus en concepto de Asistencia Social para Personal Contratado con carga horaria de 35 horas semanales, por el monto y modo que se detalla:

a) Contratos hasta $ 999 inclusive $ 245,00

b) Contratos superiores a $ 1.000 inclusive $ 175,00

El Personal Contratado con carga horaria que no supera las 35 horas semanales recibirá un adicional no remunerativo y mensual mediante la modalidad de tickets canasta y/o tickets plus, en concepto de Asistencia Social al Personal, de Pesos CINCUENTA ($ 50,00).-

Art. 4º) ESTABLÉCESE A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 2008 el adicional no remunerativo y mensual mediante la modalidad de tickets canasta y/o tickets plus en concepto de Asistencia Social para el Personal Jornalizado de Pesos Doscientos cuarenta y cinco ($ 245,00).-

Art. 5º) ESTABLÉCESE que los adicionales establecidos en los artículos precedentes tengan una vigencia de DOCE (12) meses.-

Art. 6º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro Municipal, Archívese y Protocolícese.