Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1267/2008

“CREACIÓN CASA DEL ESTUDIANTE DE ARROYITO”

Art. 1º) CRÉASE en la Ciudad de Córdoba la “CASA DEL ESTUDIANTE DE ARROYITO,” a al efecto se autoriza al Departamento Ejecutivo a proceder a alquilar y/o adquirir un bien inmueble acorde a la finalidad expuesta en el presente artículo.

Art. 2º) FACÙLTASE al Titular del Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de las áreas que corresponda proceda a establecer los mecanismos y parámetros de selección de aspirantes, los que deberán privilegiar los mejores promedios escolares o universitarios (para quienes ya cursan sus estudios) en combinación con un objetivo diagnóstico situacional del solicitante y su grupo de convivencia.

Art. 3º) DISPÓNESE que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Desarrollo Social y Asesoría Letrada proceda a dictar el Reglamento de Convivencia dentro de la Casa, a los fines de garantizar armonía en la permanencia de los estudiantes y el respeto de los derechos de todos los convivientes.

Art. 4º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a fijar un monto como pago por parte de los alumnos residentes, el que será actualizado anualmente y debidamente fijado en el convenio que oportunamente deberá firmar el Municipio con cada ingresante, fondos que ingresarán en la partida que correspondiere.

Art.5º) RATIFÍCASE el Contrato de Locación celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Sr. Daniel José FONTI, mediante el cual se cede en locación a los fines del presente proyecto, el inmueble de su propiedad ubicado en calle Obispo Salguero 354 de la Ciudad de Córdoba, el cual ha sido debidamente inspeccionado por personal municipal.

Art. 6º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.-