ORDENANZA N° 1235/2006
“AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A SUSCRIBIR CONTRATO PARA LA COLOCACIÓN DE CONTROLADORES DE VELOCIDAD EN TODA LA TRAVESÍA URBANA DE LA RUTA 19”
Art. 1º) FACÚLTASE al Intendente Municipal a suscribir contrato con la empresa SYSTECO S.A., POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, para la instalación de controladores de velocidad en toda la travesía urbana de la Ruta Nacional N° 19, bajo las siguientes condiciones contractuales:
a) Que la empresa SYSTECO S.A. se compromete a costear los costos correspondientes a:
– Estudios técnicos y habilitaciones para la instalación de los sistemas de control.
– Equipamiento necesario, con mano de obra incluido, para la instalación de CINEMÓMETROS, SEMÁFOROS, CÁMARAS, COLUMNAS e INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LOS MISMOS.
– Capacitación a inspectores municipales, a excepción de viáticos.
– Emisión de multas y todo trámite correspondiente al cobro de las mismas.
b) Que la empresa SYSTECO S.A. se compromete a girar mensualmente al Municipio el cuarenta por ciento de las multas cobradas.
c) Que la empresa SYSTECO S.A. se compromete a instalar un equipo de semáforos en la intersección de Ruta N° 19 y Av. Pontín en el plazo de noventa (90) días.
A instalar en un plazo no superior a los ciento ochenta (180) días la colocación de cinemómetros en los accesos de la Ciudad ya sea en sentido Este u Oeste, los dos casos a partir de la firma del correspondiente contrato.
d) Que la empresa SYSTECO S.A. se compromete, poner a disposición de la Municipalidad de Arroyito el sistema de impresión del CARNET de CONDUCTOR según Registro Único a un costo de PESOS CINCO ($ 5.-) cada uno con la provisión sin cargo a favor del municipio de la cámara fotográfica.-
Art. 2º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a fijar el costo de las multas establecidas por ley y a gestionar las acciones pertinentes para realizar el cobro de las multas en los Bancos de la Nación Argentina de todo el país.
Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.