Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1208/2006

“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA CELEBRAR CONTRATO CON ENTIDADES DE COBRO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES MUNICIPALES EN EL ÁMBITO DE LA CIUDAD DE ARROYITO”

Art. 1º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar con entidades y/o empresas que en el ámbito de esta Ciudad de Arroyito exploten el servicio de cobranzas en general (Ej. Rapipago, Pago Fácil, Cobro Express, etc.) a los fines que las mismas, recauden para la Municipalidad de Arroyito, a través del cobro por ventanilla, los impuestos, tasas, contribuciones, y/o cualquier otro derecho municipal previsto en las Ordenanzas respectivas, incluidos planes de pago, sellados, multas, y cualquier otro que a criterio de la Secretaría de Hacienda y Finanzas pudiere corresponder.

Art. 2°) IMPLEMÉNTENSE las modalidades de recaudación mediante el sistema de Cobro por ventanilla en la entidad prestataria del servicio, que deberá tener domicilio en esta Ciudad de Arroyito.

Art. 3°) El costo por la cobranza de los servicios enumerados en los Artículos anteriores no deberá exceder el 1,5% del total de la recaudación efectuada por la entidad prestataria del servicio. A dicho porcentaje se le adicionará el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) si correspondiere, y será descontado del total a pagar al Municipio por cada rendición efectuada.

Art. 4°) CELÉBRESE convenio con la entidad prestataria en virtud a la siguiente modalidad de rendición y pago de las recaudaciones de los tributos:

1.-) Cobro por ventanilla en la entidad prestataria del servicio: Rendición y pago total de lo recaudado semanalmente, dentro de los dos días hábiles siguientes de terminada la semana que corresponde a la cobranza.

2.-) Envío de comprobantes físicos (cupones) mensualmente: La entidad recaudadora deberá presentar todos los comprobantes cobrados (cupones) al tercer día hábil de finalizado cada mes.

Art. 5°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a perfeccionar los contratos y la documentación legal que se requiriese, estableciéndose las pautas para la prestación de los servicios dentro de las condiciones establecidas en la presente Ordenanza.

Art. 6°) IMPÚTENSE los pagos que se realizaren en base a la presente, a la Partida de Egreso que correspondiere del Presupuesto vigente año 2006.

Art. 7°) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.