Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1155/2005

“MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 1088/2004: REGLAMEN-TACIÓN DEL LAVADO DE VEREDAS”

Art. 1°) ESTABLÉCESE para el lavado de veredas los siguientes días:

  1. Micro Centro (comprendido entre Avenida Fulvio Pagani al Sur, entre Avenida Mariano Moreno, calle 9 de Julio al Este y Bartolomé Mitre al Oeste), y sectores aledaños a espacios con eventos públicos, días lunes y jueves de 7:00 a 18:00 hrs. únicamente.
  2. Sector Sur (comprendido desde Avenida Pagani al Sur) días lunes de 7:00 a 18:00 hrs. únicamente.
  3. Sector Norte (comprendido desde Avenida Pagani al Norte) días jueves de 7:00 a 18:00 hrs. únicamente.

Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal,  Protocolícese y Archívese.