RESOLUCIÓN Nº 05/2005
VISTO: Los incrementos de salario producidos tanto en los ámbitos Nacional, Provincial, como así también de esta Municipal, en el inicio del corriente año 2005.
Y CONSIDERANDO: Que los mismos se deben a la gran necesidad de equilibrar los ingresos que perciben tanto empleados como fun-cionarios, a la fuerte suba de precios originados en los últimos años en los principales bienes de consumo, producto de la inflación en la que ha estado sumergido nuestro país.
Que la Dieta que perciben tanto Concejales como Tribunos no escapa a esta desactualización, haciéndose razonable y necesario reajustarla y llevarla a un nivel medianamente acorde a la función de los mismos.
Que esta atribución del Concejo se establece públicamente en el Artículo Nº 59 de la Carta Orgánica Municipal, el cual manifiesta que la Dieta “se fija por el voto de la Mayoría de los miembros del Cuerpo” y que “sólo se aumenta cuando se produzcan incrementos de carácter general para la admi-nistración pública,” atendiendo, además, lo manifestado en los Artículos Nº 66 inc. 5 y Nº 94 de la Carta Magna. En consecuencia, se decide por unanimidad fijar el presente incremento.
Que se resuelve incluir en este incremento al Secretario del Cuerpo.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Art. 1°) DESTÍNASE de la Partida 9.1.1.01.02.01.00 – Adicional por Gastos de Representación del Presupuesto de Gastos vigente, y por el término de doce meses, la suma de Pesos Doscientos cincuenta ($ 250.-) que formará parte de la Dieta de los Concejales que se desempeñan actualmente, salvo aquellos que formen parte de la planta permanente, siendo retroactivo al Primero de Enero de 2005.-
Art.2º) DESTÍNASE de la Partida 9.1.1.01.02.01.00 – Adicional por Gastos de Representación del Presupuesto de Gastos vigente, y por el término de doce meses, la suma de Pesos Doscientos cincuenta ($ 250.-) que formará parte de la Dieta de los Miembros del Tribunal de Cuentas que se desempeñan actualmente, siendo retroactivo al Primero de Enero de 2005.-
Art. 3º) DESTÍNASE de la Partida 9.1.1.02.13.00.00.00 – Gastos de Consumo del Concejo Deliberante, y por el término de doce meses, la suma de Pesos Ciento cincuenta ($ 150.-) como adicional al sueldo que percibe el Secretario del Concejo Deliberante, siendo retroactivo al Primero de Enero de 2005.-
Art. 4º) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.