ORDENANZA N° 1137/2005
“AYUDA ECONÓMICO SOCIAL AL PERSONAL MUNICIPAL”
Art. 1°) OTÓRGUESE en carácter de Ayuda Social al Personal de Planta Permanente, Jornalizado, Contratados a Plazo Fijo y Beneficiarios del Programa de Pasantías – Becar, un incremento de CIEN PESOS ($ 100.-) sobre el importe que venían percibiendo hasta la fecha, debiendo efectivizarse desde el mes de Enero del 2005.
Art. 2°) La presente Ayuda Económico – Social dispuesta en el Artículo precedente tendrá una vigencia de SEIS (6) MESES CORRIDOS, contados con retroactividad al 01-01-2005 y venciendo en consecuencia en forma indefectible el día 30-06-2005, y será con carácter “No Remunerativo”, es decir que no formará parte del salario a los fines de la determinación de los adicionales de cualquier naturaleza, ni del Sueldo Anual Complementario, ni será sujeto a deducción alguna.-
Art. 3°) IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento de lo preceptuado en el Artículo 1º de la presente a las Partidas 9.1.1.01.05.00.00.00 – Ayuda Social al Personal y 9.1.3.05.02.10.00.00 – Programa Municipal de Pasantías, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Año 2005.-
Art. 4°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.