ORDENANZA N° 1129/2004
“RATIFICACIÓN DEL CONTRATO AMPLIATORIO SUSCRIPTO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA VIVIENDA”
Art. 1º) RATIFÍQUESE la autorización ya concedida al Señor Intendente Municipal para la tramitación del crédito de financiamiento excepcional, por única vez, para concluir la construcción, hasta su habilitación definitiva, de las 48 viviendas pendientes de finalización correspondientes al Plan Habitacional Expte. Adm. Nº 0135 – 18.186/01 del Barrio Operatoria Plan Familia Propietaria – Casa Propia con Municipios de este Municipio, por la suma total de Pesos CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 144.000), más los intereses y gastos que demande la financiación, conforme a las Resoluciones Nº 02233./00 del 28/08/00, Nº 0442/04 del 15/09/04 y la Nº 0506/04 del 14/10/04, dictadas por la Dirección Provincial de la Vivienda de la Provincia de Córdoba.-
Art. 2º) CONVALÍDESE el Poder Especial otorgado por el Sr. Intendente a favor de la Contaduría General de la Provincia de Córdoba mediante Escritura Pública Nº 734, labrada por la Escribana María Fernanda Cortés de Casco, Escribana Pública Nacional, Registro 300 de la Ciudad de Arroyito, en compromiso de los fondos correspondientes a la coparticipación provincial de impuestos, por el cual se autoriza a la Provincia a hacer efectiva la retención de los mismos hasta la suma comprometida a pedido de la Dirección provincial de la Vivienda.-
Art. 3º) Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 1º, el Señor Intendente Municipal queda facultado para suscribir los contratos y demás documentación que fuera menester a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.-
Art. 4º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.-