Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1088/2004

“REGLAMENTACIÓN LAVADO DE VEREDAS”

Art. 1°) ESTABLÉCESE para el lavado de veredas los siguientes días:

  1. Microcentro (comprendido entre Avenida Fulvio Pagani al Sur, entre Avenida Mariano Moreno, calle 9 de Julio al Este y Bartolomé Mitre al Oeste), y sectores aledaños a espacios con eventos públicos, días lunes y jueves de 7:00 a 12:00 hrs. únicamente.
  2. Sector Sur (comprendido desde Avenida Pagani al sur) días lunes de 7:00 a 12:00 hrs. únicamente.
  3. Sector Norte (comprendido desde Avenida Pagani al norte) días jueves de 7:00 a 12:00 hrs. únicamente.

Art. 2°) Las infracciones al artículo precedente serán penadas conforme a lo establecido en el Código Municipal de Faltas de la Ciudad de Arroyito. 

Art. 3°) DERÓGUESE la Ordenanza N° 134/75.

Art. 4°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal,  Protocolícese y Archívese.