Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN Nº 02/2003

     Ciudad de Arroyito, 03 de Marzo de 2003.-

RESOLUCIÓN Nº 02/2003

VISTO: Que es facultad de este Concejo Deliberante ratificar los Contratos de Personal, de acuerdo a la Ordenanza N° 1018/2001 Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Año 2003. 

Y CONSIDERANDO:     Que el Art. 3°) de la referenciada Ordenanza, dice: “Los contratos de personal con imputación a la partida de Personal Contratado, deberán ser ratificados mediante Resolución del Concejo Deliberante. Igual procedimiento se deberá hacer con los contratos del programa Municipal de Empleos Porteras y el Programa  Municipal de Empleos Pasantías Becar”.

    Que los contratos elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo, con fecha veinticuatro de febrero del dos mil tres, lo son con imputación a la Partida de Personal Contratado a plazo fijo correspondiente a: Borletto Edith, Ceballos María Soledad, Lemos Gerardo, Lescano María Laura, Lorenzi Mercedes, Montenegro Margarita, Olocco Hernán, Quinteros Claudia, Rubiolo Teresita, Sartori Mónica, Tesán Raquel Noemí, Vera Alicia y Pedernera Viviana.  

                                              Que los mencionados Contratos fueron tratados en la Sesión Preparatoria de fecha Veintiocho de Febrero del corriente año, resultando su aprobación por mayoría simple.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES

R      E      S      U      E      L      V      E

Art. 1°) RATIFÍCASE, la remuneración fijada con imputación a la Partida de Personal Contratado a plazo fijo correspondientes a: Borletto Edith, Ceballos María Soledad, Lemos Gerardo, Lescano María Laura, Lorenzi Mercedes, Montenegro Margarita, Olocco Hernán, Quinteros Claudia, Rubiolo Teresita, Sartori Mónica, Tesán Raquel Noemí, Vera Alicia y Pedernera Viviana, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, estableciéndose como vigencia la fecha que se menciona en cada contrato, venciendo todos el Treinta de Junio del corriente, plazo durante el cual tendrá validez el monto ratificado en el presente Artículo.

Art. 2°) ARBÍTRENSE  los medios para comunicar a los ORGANISMOS PREVISIONALES, SOCIALES y al PERSONAL CONTRATADO el alcance de la presente Resolución, en los casos que correspondiere.

Art. 3°) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.