Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1052/2003

“AYUDA ECONÓMICO SOCIAL AL PERSONAL DE MENORES INGRESOS”

Art. 1º) DISPÓNGASE una AYUDA ECONÓMICO – SOCIAL de PESOS CINCUENTA ($ 50) mensuales para los empleados de Planta Permanente hasta la Categoría 19 inclusive, comprendiendo también a los Jornalizados y Contratados de tiempo completo cuyos salarios sujetos a deducciones no superen la suma de Pesos Ochocientos ($ 800) mensuales.-

Art. 2º) La Ayuda Económico – Social a que hace referencia el Artículo anterior alcanzará también a los beneficiarios del Programa “BECAR” establecido por Ordenanza Nº 1025/2002 que se encuentren cumpliendo tal pasantía por el término que tenga vigencia la presente Ordenanza.- 

Art. 3º) La presente Ayuda Económico – Social dispuesta en los artículos precedentes tendrá una vigencia de SEIS (6) MESES CORRIDOS, contados con retroactividad al 01-01-2003 y venciendo en consecuencia en forma indefectible el día 30-06-2003, y será con carácter “No Remunerativo”, es decir que no formará parte del salario a los fines de la determinación de los adicionales de cualquier naturaleza, ni del Sueldo Anual Complementario, ni será sujeto a deducción alguna.-

Art. 4º) La Ayuda Económico – Social dispuesta por la presente Ordenanza absorberá hasta su concurrencia cualquier importe que por similar naturaleza se disponga a nivel provincial y/o nacional y que deba ser acatada obligatoriamente por parte de este Municipio, dentro del período de vigencia de la misma.-

Art. 5º) A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza, RECTIFÍCANSE las Partidas Presupuestarias del Presupuesto de Gastos vigente, según el siguiente detalle:

PARTIDAS A INCREMENTAR

PARTIDA               PRES. VIGENTE        INCREMENTO         PRES.RECTIF.

9.1.1.01.05.00.00.00 – Asist. Social al Pers. $  1 000 $ 50 000   $ 51 000

TOTAL A INCREMENTAR $ 50 000

PARTIDAS A DISMINUIR

PARTIDA               PRES. VIGENTE       DISMINUCIÓN          PRES.RECTIF.

9.1.1.01.06.00.00.00 – Cred. Ad. P/Ref. Part. $ 25 000 $ 25 000 —————–

9.2.3.10.02.02.00.00 – Otros (Deudas Vs.) $ 40 000 $ 25 000   $ 15 000

TOTAL A DISMINUIR $ 50 000

Con la presente modificación no se altera el monto total del Presupuesto General, que sigue fijado para el Ejercicio 2003 en la suma de Pesos SIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS ($ 7.671.600).-

Art. 6º) IMPÚTENSE los montos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Partidas 9.1.1.01.05.00.00.00 – ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL, y 9.1.3.05.02.10.00.00 – PROGRAMA MUNICIPAL DE PASANTÍAS BECAR, según corresponda, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Art. 7º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.-

CIUDAD DE ARROYITO,  26 DE FEBRERO DE 2003.-