RESOLUCIÓN Nº 21/2002
VISTO: Que es facultad de este Concejo Deliberante ratificar los Contratos de Personal, de acuerdo a la Ordenanza N° 1018/2001 Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Año 2002.
Y CONSIDERANDO: Que el Art. 3°) de la referenciada Ordenanza, dice: “Los contratos de personal con imputación a la partida de Personal Contratado, deberán ser ratificados mediante Resolución del Concejo Deliberante. Igual procedimiento se deberá hacer con los contratos del programa Municipal de Empleos Porteras y el Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar”.
Que los contratos elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo, con fecha quince de noviembre de dos mil dos, lo son con imputación a la Partida del Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar, correspondientes a: Segunda Elvira del Valle Aballay, Guillermo Fabián Agüero, Marcelo älvarez, Moisés Benedette, Ana María Cabrera, Edda Costamagna, Edgar De Marco, Jorge Díaz, Juan Carlos Ferreyra, Marcos Ferreyra, Juan Gottig, Roberto Juárez, Ramón Lucero, María del Carmen Márquez, Patricia Oronado, Nancy Pedrocca, Liliana Peralta, María Azucena Sarmiento, María Cristina Sosa, Nelson José Taborda, Guillermo Verón.
Que los mencionados Contratos fueron tratados en la Sesión de Comisión de fecha Tres de diciembre del corriente año, resultando su aprobación por Mayoría Simple.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Art. 1°) RATIFÍCASE la remuneración fijada en el Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar de los Señores: Segunda Elvira del Valle Aballay, Guillermo Fabián Agüero, Marcelo Álvarez, Moisés Benedette, Ana María Cabrera, Edda Costamagna, Edgar De Marco, Jorge Díaz, Juan Carlos Ferreyra, Marcos Ferreyra, Juan Gottig, Roberto Juárez, Ramón Lucero, María del Carmen Márquez, Patricia Oronado, Nancy Pedrocca, Liliana Peralta, María Azucena Sarmiento, María Cristina Sosa, Nelson José Taborda, Guillermo Verón, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, estableciéndose la vigencia mencionada en cada contrato como plazo durante el cual tendrá validez el monto ratificado en el presente Artículo.
Art. 2°) ARBÍTRENSE los medios para comunicar a los ORGANISMOS PREVISIONALES, SOCIALES y al PERSONAL CONTRATADO el alcance de la presente Resolución, en los casos que correspondiere.
Art. 3°) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.