Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1044/2002

“APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA Y SUBIDIVISION DE LOS LOTES UBICADOS EN LAS MANZANAS 340, 341 Y 352 SEGÚN PLANO DE CATASTRO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ARROYITO, DE PROPIEDAD DEL SEÑOR MARIO SÁNCHEZ DE BUSTAMANTE”

Art. 1º) APRUÉBASE el Plano de mensura y Subdivisión de los terrenos de pro-piedad del Señor Mario Sánchez de Bustamante, correspondiente a los lotes de las Manzanas 340, 341 y 352 según plano de Catastro Municipal de la Ciudad de Arroyito, confeccionado por el Ing. Agrimensor Néstor J. Capdevila, M.P. 1293-1, que se adjunta a la presente Ordenanza.-

Art. 2º) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, por parte del Señor Mario Sánchez de Bustamante, de una superficie de terreno de 4.407,56 metros cuadrados con destino a calles públicas, y que corresponde a los lotes 1 y 2 del plano que se adjunta a la presente.-

Art. 3°) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, por parte del Señor Mario Sánchez de Bustamante, para ser destinados a espacio verde, de una superficie de terreno de 988,93 metros cuadrados, y que corresponde al lote 3 del plano que se adjunta a la presente, y de una superficie de 5.295,97 metros cuadrados, y que corresponden al lote que figura como Hoja 22170 – Parcela 4641 del plano que se adjunta a la presente, este último en cumplimiento de las Ordenanzas N° 856/97 y 929/99, y que es ocupado actualmente por la “Agrupación Boys Scout de Arroyito”. La diferencia en menos entre las donaciones de espacio verde efectuadas en la presente y la que correspondería en cumplimiento de las Ordenanzas N° 856/97 y 929/99, es de 546,29 metros cuadrados, el que será cumplimentada al momento de solicitar la aprobación del plano de loteo y/o mensura y subdivisión de la parcela que figura como Hoja 22170 – Parcela 4642 del Plano que se adjunta a la presente Ordenanza. En cumplimiento de las Ordenanzas descriptas precedentemente, la Municipalidad se hará cargo de los gastos que demande la confección del Plano de Mensura y Subdivisión que contenga la fracción destinada para espacio verde y ocupada actualmente por la Agrupación Boys Scout de Arroyito.-

Art. 4°) DERÓGUESE el Artículo 5° de la Ordenanza N° 856/97, por las razones y alcances expresadas en el Punto 6 de los Considerandos.-

Art. 5°)  ELÉVESE dentro de los próximos sesenta (60) días a partir de la Aproba-ción de la presente, un Proyecto de Ordenanza a fin de ceder a título precario el inmueble descripto como Hoja 22170 – Parcela 4641, a favor de la Agrupación Boys Scout de Arroyito, que de hecho a fecha ocupa, la que se deberá mantener hasta la desmembración de esa Agrupación.-

Art. 6°) TÉNGASE POR ACLARADO los alcances de las Ordenanzas N° 856/97 y 929/99, conforme se precisa en los Considerandos del presente.-  

Art. 5°)  COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese..