RESOLUCIÓN Nº 18/2002
VISTO: Que es facultad de este Concejo Deliberante ratificar los Contratos de Personal, de acuerdo a la Ordenanza N° 1018/2001 Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Año 2002.
Y CONSIDERANDO: Que el Art. 3°) de la referenciada Ordenanza, dice: “Los contratos de personal con imputación a la partida de Personal Contratado, deberán ser ratificados mediante Resolución del Concejo Deliberante. Igual procedimiento se deberá hacer con los contratos del programa Municipal de Empleos Porteras y el Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar”.
Que los contratos elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo, con fecha veintidós de agosto y dieciséis de Septiembre de dos mil dos, lo son con imputación a la Partida del Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar, correspondientes a: Guillermo Fabián Agüero, Jorge Daniel Díaz, Dante Gustavo Juárez, Patricia Claudia Oronado, Lorena Analía Roldán, Flavia Natalia Suárez, María del Carmen Márquez, Ana María Cabrera; y los con imputación a la Partida de Personal Contratado a plazo fijo son: Margarita Eufemia Montenegro de Ribotta, Walter Roberto Luján, Luis Orlando Luque, Pamela Vanesa Musso, Edén Iván Sánchez.
Que los mencionados Contratos fueron tratados en la Sesión de Comisión de fecha Dieciséis de Septiembre del corriente año, resultando su aprobación por mayoría simple.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Art. 1°) RATIFÍCASE la remuneración fijada en el Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar de los Señores: Guillermo Fabián Agüero, Jorge Daniel Díaz, Dante Gustavo Juárez, Patricia Claudia Oronado, Lorena Analía Roldán, Flavia Natalia Suárez, María del Carmen Márquez, Ana María Cabrera; y los con imputación a la Partida de Personal Contratado a plazo fijo son: Margarita Eufemia Montenegro de Ribotta, Walter Roberto Luján, Luis Orlando Luque, Pamela Vanesa Musso, Edén Iván Sánchez, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, estableciéndose una vigencia por tres meses, plazo durante el cual tendrá validez el monto ratificado en el presente Artículo.
Art. 2°) ARBÍTRENSE los medios para comunicar a los ORGANISMOS PREVISIONALES, SOCIALES y al PERSONAL CONTRATADO el alcance de la presente Resolución, en los casos que correspondiere.
Art. 3°) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.