Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN Nº 11/2002

VISTO: Que es facultad de este Concejo Deliberante ratificar los Contratos de Personal de acuerdo a la Ordenanza N° 1018/2001 Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Año 2002. 

Y CONSIDERANDO:     Que el Art. 3°) de la referenciada Ordenanza, dice: “Los contratos de personal con imputación a la partida de Personal Contratado, deberán ser ratificados mediante Resolución del Concejo Deliberante. Igual procedimiento se deberá hacer con los contratos del programa Municipal de Empleos Porteras y el Programa  Municipal de Empleos Pasantías Becar”.

    Que los contratos elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo con fecha tres y veinticinco de junio de dos mil dos, lo son con imputación a las Partidas de Personal Contratado y al Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar correspondientes a:  Liliana del Valle Peralta, Mercedes Blanca Lorenzi, Lorena Analía Roldan, Flavia Natalia Suárez, Ramón Martín Lucero y Dante Gustavo Juárez.

Que los mencionados Contratos fueron tratados en la Sesión de Comisión de fecha veinticinco de junio del corriente año, resultando su aprobación por mayoría simple, mereciendo una aclaración por parte del Bloque de la minoría: el criterio que debería tomar el Ejecutivo Municipal para seleccionar estas personas es que tuvieran carga de familia.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES

R      E      S      U      E      L      V      E

Art. 1°) RATIFÍCASE la remuneración fijada en el Contrato de  Personal Contratado y los del Programa Municipal de Empleos Pasantías Becar de los Señores: Liliana del Valle Peralta, Mercedes Blanca Lorenzi, Lorena Analía Roldan, Flavia Natalia Suárez, Ramón Martín Lucero y Dante Gustavo Juárez, remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal,  estableciéndose una vigencia por tres meses, plazo durante el cual tendrá validez el monto ratificado en el presente Artículo.

Art. 2°) ARBÍTRENSE  los medios para comunicar a los ORGANISMOS PREVISIONALES, SOCIALES y al PERSONAL CONTRATADO el alcance de la presente Resolución, en los casos que correspondiere.

Art. 3°) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.