Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 971/2000

 “INSTALACIÓN DE BUZONES DE SUGERENCIAS A DISPOSICIÓN DE LOS VECINOS.” 

Artículo 1. INSTÁLESE en el hall de ingreso del edificio municipal,  y en los lugares que oportunamente determine el Concejo Deliberante, un buzón de sugerencias que funcionará en el horario habitual de atención al público, a disposición de los vecinos de la ciudad de Arroyito. 

Artículo 2. ESTABLÉZCASE como modalidad de confección de las sugerencias por los vecinos que sean éstas sin formalidades determinadas con el único requisito de estar debidamente firmadas, con aclaración de firma, número de  Documento Nacional de Identidad y el domicilio del sugerente.

Artículo 3.  DETERMÍNESE al Concejo Deliberante como órgano receptor y mediador de las inquietudes de los vecinos.

Artículo 4. ASÍGNESE al Secretario del Concejo Deliberante para que retire semanalmente el contenido del buzón y para que proceda a su lectura en la sesión de comisión del Concejo. Según la valoración que hagan los ediles en esa ocasión sobre cada una de las sugerencias, podrán éstas ser reconsideradas en la siguiente sesión ordinaria.

 Artículo 5. Una vez recibida y conocida la sugerencia, el Concejo Deliberante analizará si es de su competencia o lo derivará al Departamento Ejecutivo para su tratamiento correspondiente.

Artículo 6. FÍJASE el plazo de diez (10) días hábiles para dar curso y respuesta a las inquietudes vecinales. El resultado de la gestión constará en acta de sesión ordinaria.

Artículo 7. IMPÚTESE el monto de la construcción e instalación del buzón de 

sugerencias a la partida 9.2.1.07.02.00.00.00 BIENES DE CAPITAL, correspondiente a muebles y equipos de oficina. 

Artículo 8. COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, publíquese, protocolícese y archívese.

Ciudad de Arroyito, 09 de noviembre de 2000.