Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 961/2000

 “DETERMINACIÓN DE RETIROS DE LA LÍNEA DE EDIFICACIONES EN CALLES DEL RADIO URBANO”

Art. 1°) CONSIDÉRENSE comprendidos a partir de la vigencia de la presente, los inmuebles ubicados sobre las avenidas que a continuación se detallan, en los cuales se deberán respetar los retiros de Líneas de Edificación, que así mismo se determinan seguidamente:

  1. Av. Arturo Illia desde Av. Mariano Moreno y hasta la Av. Pte. Juan D. Perón en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse dos metros de la Línea Municipal.
  2. Av. Carlos Pontín desde Av. Mariano Moreno y hasta la Av. Pte. Juan D. Perón en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse dos metros de la Línea Municipal.
  3. Av. Mariano Moreno desde Av. Carlos Pontín y hasta la Av. José Boetto en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse dos metros de la Línea Municipal.
  4. Av. José Marcial Vaudagna desde Av. Carlos Pontín y hasta la Av. Pte. Juan D. Perón en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse dos metros de la Línea Municipal.
  5. Av. Marcelino Bernardi en toda su extensión sobre el costado Oeste la Línea de Edificación deberá retirarse cinco metros de la Línea Municipal permitiéndose avanzar hasta con tres metros como máximo con un volumen construido siempre y cuando éste no supere el cuarenta por ciento del ancho total de fachada.

Sobre esta Avenida pero del costado Este la Línea de Edificación deberá mantener un retiro de cinco metros con respecto de la Línea Municipal.

  1. Av. José Boetto en toda su extensión y en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse cinco metros de la Línea Municipal.
  2. Av. Pte. Juan D. Perón  en toda su extensión y en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse cinco metros de la Línea Municipal.
  1. Av. Gregorio Caretto en toda su extensión y en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse cinco metros de la Línea Municipal.
  2. Av. Cura Brochero en toda su extensión y en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse cinco metros de la Línea Municipal.
  3. Av. Manuel Serra en toda su extensión y en ambos costados la Línea de Edificación deberá retirarse cinco metros de la Línea Municipal.
  4. Av. Fulvio Salvador Pagani en toda su extensión y en el costado sur la Línea de Edificación deberá retirarse dos metros de la Línea Municipal.

Art. 2°)  DERÓGUESE  toda disposición que se oponga a la presente.-

Art. 3°) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, protocolícese, publíquese y archívese.

Ciudad de Arroyito, 04 de julio de 2000.