ORDENANZA N° 1893/2020
“MODIFICACIÓN DEL NOMBRE DEL PROGRAMA ARROYITO, CIUDAD AMIGA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES POR ARROYITO, CIUDAD DE NIÑAS Y NIÑOS”
VISTO:Que, según ordenanza municipal Nº 1.657/2.014 de fecha 14 de agosto de 2014, mediante art 1 se crea el programa ARROYITO, CIUDAD AMIGA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES que contempla las acciones que se planificarán en el marco de la Declaración de la Ciudad de Arroyito como Arroyito, Ciudad Amiga de Niñas, Niños y Adolescentes.
Y CONSIDERANDO: Que el nombre «Ciudad amiga de los niños, niñas y adolescentes” pertenece al programa y red que impulsa Unicef, en tanto que el programa que utiliza Arroyito y que tiene como objetivo y estrategias para nuestra ciudad es el que creó e impulsó el Psp. Francesco Tonucci.
Que el objetivo principal, del proyecto del Psp. Francesco Tonucci, propone que las ciudades estén estructuradas y pensadas para los más pequeños, tomando a los niños como parámetro y como garantía de las necesidades de todos los ciudadanos. El mismo pretende promover aspectos fundamentales en la vida de un niño: su autonomía, juego y su participación, pidiendo recuperar el espacio público para los ciudadanos.
Que la ordenanza Nº1657/2014 que actualmente rige esta problemática en Arroyito, adolece de defectos ya que los adolescentes no pertenecen al sector etario de los niños para los cuales los proyectos de vida son totalmente diferentes, es más nuestro actual gobierno ya tiene en marcha distintos programas de contención para los jóvenes, como es el caso de Consejo de la Juventud. Y en segundo lugar la ciudad de Arroyito no es amiga de los niños sino que pertenece a ellos, teniendo en cuenta que los mismos son sujetos de derecho y activos participantes que hacen al desarrollo diario de nuestra ciudad. Vale hacer presente toda la labor que realiza el Consejo de Niños de nuestra Ciudad, donde los mismos concejeros, en su mayoría niños, impulsa, crea y ejecuta proyectos para toda la sociedad.
Que la importancia de esta propuesta, de La Ciudad de las Niñas y los Niños, es que la voz de las infancias sea escuchada, para impregnar con ella las políticas públicas.
Que es objetivo fundamental el pensar la ciudad a la medida y de la forma en que lo hacen las y los chicos,con el fin de favorecer la convivencia urbana y la planificación del espacio público para el encuentro, el juego, la recuperación histórica de los barrios, edificios y lugares que nos pertenecen como arroyitenses. Esto implica aceptar la diversidad y ser garantía para proyectar una ciudad múltiple, democrática, apta para vivir y convivir. Se trata de un compromiso que tomando el impulso de los niños nos atañe a todos.
Que se hace necesaria la modificación del nombre del programa ARROYITO, CIUDAD AMIGA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES por el ARROYITO, CIUDAD DE NIÑAS Y NIÑOS por los motivos que a continuación se detallan.
Que luego de la reunión con el Consejo de Niñas y Niños expresan su deseo de la modificación del nombre.
Que tomando conocimiento, el tres de abril del año 2020, a través una comunicación de la referente de la Red Latinoamericana de Ciudades de Niñas y Niños, Lic. Lorena Morachimo, en la que se expresa, conjuntamente con el Psp. Francesco Tonucci, la necesidad de cambiar el nombre a “Arroyito, Ciudad de Niñas y Niños”.
Que en los últimos días presenciamos una reunión con las Licenciadas Pamela Emilio y Paola Brickann, de la Fundación Arcor, en la que dan su consentimiento a esta modificación.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“MODIFICACIÓN DEL NOMBRE DEL PROGRAMA ARROYITO, CIUDAD AMIGA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES POR ARROYITO, CIUDAD DE NIÑAS Y NIÑOS”
Art. 1°) DECLÁRASE a la ciudad de Arroyito como “ARROYITO, CIUDAD DE NIÑAS Y NIÑOS”.
Art. 2°) MODIFÍQUESE el Art. 1° de la Ordenanza Nº 1657/2014, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“CRÉASE el Programa ARROYITO, CIUDAD DE NIÑAS Y NIÑOS, que contempla las acciones que se planificarán en el marco de la Declaración de la Ciudad de Arroyito como “ARROYITO, CIUDAD DE NIÑAS Y NIÑOS”, por medio del cual aseguremos su autonomía y su participación, para proyectar una ciudad múltiple, democrática, apta para vivir y convivir.”
Art. 3°) SUPRÍMASE de los art. 2 y 3 de la ordenanza Nº 1657/2014 las palabras AMIGA Y ADOLESCENTES, quedando redactado el resto de los Art. como lo expresa la Ordenanza.
Art. 4°) COMUNÍQUESE, dese al registro municipal, publíquese y archívese.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA CON LA PRESENCIA REMOTA DE TODO EL CUERPO LEGISLATIVO, A TRAVÉS DE VIDEO CONFERENCIA, A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTE.